La Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) publicó criterios para la toma de pruebas COVID-19 en el proceso de viaje.
En el nuevo reporte de IATA y que presento a continuación, la asociación habla de las potenciales medidas que los gobiernos puedan introducir para requerir toma de pruebas de COVID-19 para los viajeros que llegan de países considerados de alto riesgo, si este fuera el caso, las pruebas deben ofrecer resultados rápidos, poder realizarse a escala y operar con tasas de precisión muy altas. Además, las pruebas deben ser rentables y no crear una barrera económica o logística para viajar.
La toma de pruebas de COVID-19 no deberían ser una condición necesaria para reabrir fronteras o reanudar los servicios aéreos.
La tecnología para las pruebas rápidas de reacción en cadena polimerizada (PCR) en el punto de llegada podría ser una capa útil de protección para los viajeros de países considerados de mayor riesgo, eliminando potencialmente la necesidad de medidas más onerosas e intrusivas como la cuarentena, que es una barrera importante para viajes y recuperación de la demanda.
Como parte del proceso de viaje, las pruebas de COVID-19 tendrían que ser realizadas por funcionarios de salud pública capacitados y cumplir con los siguientes criterios:
- Velocidad: los resultados de las pruebas deben entregarse rápidamente, con resultados disponibles en menos de una hora como estándar mínimo.
- Escala: si las pruebas se realizan en el aeropuerto, debe lograrse la capacidad de prueba de varios cientos de pruebas por hora. El uso de saliva para tomar muestras en lugar de hisopos nasales o de garganta facilitaría esto y también se espera que reduzca el tiempo y mejore la aceptación de los pasajeros.
- Precisión: la precisión extremadamente alta es esencial. Los resultados falsos negativos y falsos positivos deben estar por debajo del 1%.
¿Dónde encajan las pruebas en el proceso de viaje?
Idealmente, la prueba COVID-19 se requeriría antes de la llegada al aeropuerto y dentro de las 24 horas de viaje. Los pasajeros que llegan «listos para volar» reducen el riesgo de contagio en el aeropuerto y permiten la reubicación anticipada para cualquier viajero que dé positivo.
Si se requieren pruebas como parte del proceso de viaje, se recomienda a la salida. Los gobiernos tendrían que reconocer mutuamente los resultados de las pruebas y la transmisión de datos debería llevarse a cabo directamente entre los pasajeros y los gobiernos de manera similar a como se manejan actualmente los permisos de visa electrónica.
Cualquier requisito de prueba solo debe estar en vigor durante el tiempo que sea necesario. Para garantizar esto, se deben realizar evaluaciones periódicas.
¿Quién debe pagar?
El costo es una consideración importante. Las pruebas deberían facilitar los viajes y no proporcionar una barrera económica. Con las pruebas en algunos destinos europeos que cuestan más de $200, esta es una preocupación real. La IATA respalda el Reglamento Sanitario Internacional de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que exige a los gobiernos asumir los costos de las pruebas de salud obligatorias. Cuando se ofrece una prueba de forma voluntaria, se debe cobrar al precio de costo.
¿Qué sucede cuando alguien da positivo?
Idealmente, las pruebas se llevan a cabo antes del viaje o en el punto de partida y un resultado positivo significaría que el pasajero no podría viajar según lo planeado. En este caso, las aerolíneas han estado ofreciendo flexibilidad a los consumidores. Esto incluye una nueva reserva o reembolsos de acuerdo con la política comercial de la aerolínea. Muchas aerolíneas ofrecen la misma flexibilidad a los pasajeros que sospechan que tienen síntomas consistentes con COVID-19, así como a los miembros del mismo grupo de viaje, particularmente cuando son miembros del mismo hogar.
Si las pruebas son obligatorias a la llegada y un pasajero da positivo, entonces el pasajero debe ser tratado de acuerdo con los requisitos del Estado receptor. No se debe exigir a las aerolíneas que repatrien a los pasajeros o que se les «castigue» con sanciones financieras, como multas o sanciones operativas, como la retirada del derecho a operar en el mercado.