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Así será le proceso de liquidación de Tame EP

En esta entrega especial revisamos desde lo legal, cómo será el proceso de liquidación de la aerolínea estatal Tame EP tras el anuncio presidencial.

Tame cierra una historia de más de 57 años y se han generado múltiples preguntas sobre como será el proceso de liquidación de la aerolínea, por lo que se ha preparado esta información especial, para entender desde lo legal cómo será y cuánto tiempo tomará este proceso.

A través del Decreto Ejecutivo No. 740 del 21 de abril del 2011, se adecuó la naturaleza jurídica de la compañía estatal TAME Línea Aérea del Ecuador como Empresa Pública. Esta adecuación tuvo como resultado a la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador ¨TAME EP¨, una persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa, operativa y de gestión, conforme a la Ley Orgánica de Empresas Públicas.

Post escrito por: Chester David Salazar del Pozo
Abogado Aeronáutico
Twitter: @chestersdp

El objeto principal de la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador ¨TAME EP¨ comprende el transporte, comercial, aéreo, público, interno e internacional de pasajeros, de carga y correo; así como, en el campo de la defensa y seguridad nacional; y las actividades complementarias conexas al objeto principal.

Proceso

Mediante el Decreto Ejecutivo No. 1061 del 19 de mayo de 2020, el Presidente Lenin Moreno dispone la extinción de la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador ¨TAME EP¨. Asimismo, se dispone la liquidación de TAME EP bajo las disposiciones de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, el Decreto Ejecutivo No. 1061, las disposiciones del Directorio; y, subsidiariamente, la Ley de compañías.

A partir del 19 de mayo de 2020 se deberá agregar las palabras ¨en liquidación¨ a la denominación de la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador ¨TAME EP¨, para dar a conocer, de manera pública, el proceso de liquidación en marcha.

En el Decreto Ejecutivo No. 1061 se establece un plazo máximo de sesenta (60) días para que el Gerente General de TAME EP en coordinación con la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO) efectúe las acciones necesarias para la liquidación.

En una primera parte, el Gerente General[1] de TAME EP estará a cargo de realizar una pre liquidación donde se dispondrá la reducción de estructuras operacionales y se deberá establecer un plan de acuerdos con condiciones favorables frente a terceros y demás acreedores.

El día miércoles 20 de mayo de 2020, el presidente de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO), Marco Andrés Ávila, indicó en una rueda de prensa que el proceso de liquidación de TAME EP será de 60 a 180 días. Este plazo también recae a las demás empresas públicas por liquidarse.

Una vez que fenezca el plazo antes indicado, TAME EP entrará en proceso de liquidación; para lo cual, el Directorio de TAME EP, en un plazo máximo de diez (10) días, deberá escoger, dentro de un listado (terna) enviada por EMCO, al liquidador de TAME EP. Una vez designado el liquidador, éste tendrá un plazo máximo de doscientos diez (210) días para iniciar el proceso de liquidación.

Se deberá realizar un inventario de los activos y pasivos de TAME EP, a fin de monetizarlos y cuantificarlos para calcular y cruzar valores. Uno de los pasivos principales de TAME EP serán las liquidaciones laborales a los más de 930 trabajadores[2] de TAME EP.

El presidente de EMCO indicó que se ha realizado un cálculo preliminar respecto a las liquidaciones de los trabajadores de TAME EP, monto que llegaría a los 16 millones de dólares.

En cuanto a los activos más importantes de TAME EP, se encuentran sus aeronaves 2 Embraer 190 y 3 ATR42-500, las cuales se situarán, probablemente, dentro en un panorama obstaculizado ante el hecho de no encontrar ofertas de compra.

Una vez liquidada la Empresa Pública, el resultado o remanente de activos, pasará a manos de la institución rectora del área de acción de la Empresa Pública que la creó, en este caso el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP).

A continuación, se podrá visualizar  el proceso detallado de liquidación con la normativa legal correspondiente:

Si bien el artículo 54 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, en adelante ¨LOEP¨, contempla la posibilidad de aplicar la figura jurídica tanto de fusión como de escisión en aplicación de las normas previstas en la Ley de Compañías, es importante indicar que el anuncio del Presidente Lenin Moreno no contempla las figuras jurídicas mencionadas. Al contrario, el Presidente Moreno anuncia la figura jurídica de  liquidación, misma que se encuentra establecida en el artículo 55 de la LOEP, la cual indica:

Art. 55.- PROCEDENCIA.- Cuando una empresa pública haya dejado de cumplir los fines u objetivos para los que fue creada o su funcionamiento ya no resulte conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público y siempre que no fuese posible su fusión, el ministerio o institución rectora del área de acción de la empresa pública o la máxima autoridad del gobierno autónomo descentralizado propondrá al Directorio de la empresa su liquidación o extinción, aplicando para el efecto lo previsto en el artículo anterior. (El subrayado me pertenece)

El procedimiento está establecido en el artículo 56 de la misma Ley, el cual menciona:

Art. 56.- PROCEDIMIENTO.- Para la extinción de una empresa pública se deberán observar las mismas formalidades establecidas para su creación, debiendo el decreto ejecutivo, norma regional u ordenanza respectiva fijar la forma y términos de su extinción y liquidación.

Mediante un Decreto Ejecutivo se deberá anunciar formalmente la liquidación de la aerolínea con los respectivos lineamientos y términos correspondientes.

Hasta nombrar un liquidador, continuarán encargados de la administración los funcionarios que han venido desempeñando la misma; sin embargo, sus facultades se limitarán solamente a:

  1. Representar a la Empresa para el cumplimiento de los fines indicados;
  2. Realizar las operaciones que se hallen pendientes;
  3. Cobrar los créditos; y,
  4. Extinguir las obligaciones anteriormente contraídas.

En el caso de la extinción de la Empresa Pública TAME Línea Aérea del Ecuador ¨TAME EP¨, el Directorio nombrará un liquidador. En base a lo dispuesto en el Artículo 58 de la LOEP:

No podrán ser liquidadores de una Empresa Pública quienes no tienen capacidad civil, ni sus acreedores o deudores, ni sus administradores cuando la liquidación de la empresa haya sido consecuencia de su negligencia o dolo.

El liquidador, según el artículo 59 de las misma norma legal, tendrá las siguientes facultades:

  1. Representar a la empresa pública, legal, judicial y extrajudicialmente, para los fines de la liquidación;Suscribir conjuntamente con el o los administradores el inventario y el balance inicial de liquidación de la empresa, al tiempo de comenzar sus labores;
  2. Realizar las operaciones empresariales pendientes y las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la empresa;
  3. Recibir, llevar y custodiar los libros y correspondencia de la empresa pública y velar por la integridad de su patrimonio;
  4. Solicitar al Superintendente de Bancos la disposición de que los bancos y entidades financieras sujetos a su control no hagan operaciones o contrato alguno, ni los primeros paguen cheques girados contra las cuentas de la empresa en liquidación si no llevan la firma del liquidador, que para el efecto será registrada en dichas instituciones;
  5. Exigir las cuentas de la administración al o a los representantes legales y a cualquier otra persona que haya manejado intereses de la empresa;
  6. Cobrar y percibir el importe de los créditos de la empresa, otorgando los correspondientes recibos o finiquitos;
  7. Concertar transacciones o celebrar convenios con los acreedores y someter a la empresa a procedimientos alternativos para la solución de conflictos, cuando así convenga a los intereses empresariales;
  8. Pagar a los acreedores; y,
  9. Rendir, al final de la liquidación, cuenta detallada de su administración al Directorio de la Empresa.

Tiempos

En el mismo Decreto se determinan los siguientes tiempos:

  • En un plazo máximo de hasta 60 días deberá efectuar las acciones necesarias para contar con la mayor cantidad de activos líquidos.
  • Fenecido el plazo previsto en el artículo anterior, en máximo 10 días la empresa deberá designar al liquidador correspondiente.
  • Una vez designado el liquidador, este dispondrá de un plazo máximo de 210 días para llevar a cabo el proceso de liquidación.

En este proceso definirá también el proceso de devolución de los valores correspondientes a boletos adquiridos con anterioridad por los pasajeros.

[1] Le corresponderá al Gerente General (encargado), una vez que Luis Miguel Reyes Garling renunció a su cargo el 19 de mayo de 2020.

[2] 527 trabajadores están en suspensión de jornada laboral, 63 en vacaciones y 342 con modalidad de teletrabajo debido a la emergencia sanitaria.

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17 comentarios en “Así será le proceso de liquidación de Tame EP”

  1. Estimado Nicolas,
    Yo tenia programado mi viajo a islas galapagos el 31 de marzo claro no se pudo dar por lo de la pandemia.. a partir de fecha eh estado enviado correos sobre que pasara con los ticketes comprado , ya van 6 mesese y no me han dado respuesta de ello

  2. Estimado Nicolás, saludos cordiales.

    Es procedente judicializar el reclamo con anticipación para la devolución de los valores pagados por tickets.

    Anticipo mi agradecimiento.

  3. Quiero la devolucion de los valores pagados por tickets, la tarjeta de credito pide un pronunciamiento oficial sobre el cierre de tame, por no encuentro nada.

  4. Saludos.
    Si no devuelven valores. PREGUNTO. van a transferir los vuelos a otra aereolinea o esperamos la devolución de valores conforme a la liquidación de la Empresa. Si es así cuál es el procedimiento a seguir para la devolución de mi dinero. garacias

  5. Maria del Carmen Calderon Leon

    Estimados buenas tardes, por favor confirmar devuelven los valores o reagendan los viajes con otra aerolinea. Agradezco su confirmacion

  6. Buenas Tardes. TAME debería coordinar con otra aerolínea para reagendar los pasajes aéreos comprados con anterioridad. Me he comunicado con ellos, pero nadie sabe nada. No dan una respuesta clara del tema.

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