Para volar entre las ciudades de Guayaquil y Quito los pasajeros ya no necesitan presentar resultados de prueba negativa para abordar.
Tras vencerse la resolución emitida por el COE Nacional el 22 de julio de 2020 pasado, el requisito de presentar prueba negativa para pasajeros que vuelen entre Guayaquil y Quito ya no es necesario.
En la resolución pasada del COE se especificaba lo siguiente:
Emitir una prórroga hasta el día 21 de agosto de 2020, para la aplicación de pruebas COVID–19, en el lugar de origen de los vuelos entre las ciudades de Quito y Guayaquil.
Por este motivo y tras no haberse emitido una nueva resolución por parte del Gobierno Nacional, desde el pasado 22 de agosto de 2020 los pasajeros no deberán presentar la prueba rápida o PCR para poder abordar en la principal ruta aérea doméstica del Ecuador.
Este requisito que dejó de ser obligatorio, nació de la solicitud del COE cantonal de Guayaquil, con el cual se buscó tener control de los pasajeros que viajen desde Quito hacia esta ciudad tras el reinicio de vuelos el 1 de junio, pero que ahora se ha levantado y podrá ayudar a las aerolíneas que operen entre ambos aeropuertos mejorar sus índices de ocupación.
Vuelos domésticos en Ecuador
Mientras avanza la recuperación del transporte aéreo en el país, que sin duda que se levante el requisito de la prueba ayudará a este propósito, pueden leer aquí los destinos hacia los que se vuelan actualmente en el país:
Requisitos para salir de Ecuador
Protocolo de ingreso a Ecuador
Nuevo protocolo de ingreso internacional a Ecuador por vía aérea
Molesto tu amable atención Nicolás y es para preguntarte si conoces los requisitos o los protocolos de ingreso internacional por vía aérea al Aeropuerto Internacional «Silvio Pettirossi» de Asunción, Paraguay. Desde ya muchas gracias.
Hola Eduardo, no tengo esa información.