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Viajeros: Compensación cuando se cancela o retrasa un vuelo

Revisamos la actualización a los derechos de los viajeros en Ecuador y la compensación a recibir cuando se cancela, retrasa o hay sobreventa de un vuelo.

Esta es una de las inquietudes más grandes de los lectores y seguidores del blog y que este 2024 ha sido actualizado el cuadro de las condiciones para recibir compensaciones en caso de demoras, cancelaciones y otros que se pueden dar normalmente mientras nos trasladamos en el servicio aéreo.

Es importante que, todos los viajeros, siempre sepan sus derechos y obligaciones, para así poder tener conocimiento de cómo actuar ante un eventual suceso como los mencionados, que son pan de cada día y que claro, alteran nuestros planes de viaje.

Compensación ante demoras, cancelaciones o sobreventa

Primero debemos decir que, las aerolíneas no retrasan o cancelan sus vuelos por molestarnos si no es lo que menos quieren hacer, ya que incurren en gastos adicionales que alteran sus operaciones y generan una mala reputación. Nada es perfecto, le pasa a cualquiera: mal clima, un tornado, ceniza volcánica, fallo de un avión o enfermedad de algún tripulante, esto y más puede darse, pero cuando suceda, los pasajeros estamos protegidos.

Claro, no todo es atribuible a la aerolínea, por ello debemos conocer nuestros derechos y qué debemos reclamar cuando así suceda. La guía del usuario de la DAC especifica que las causas imprevistas no atribuibles a las aerolíneas son:

Son causas ajenas al normal desenvolvimiento de la actividad del transportista que impiden que el vuelo se lleve a cabo o que retrasen su iniciación, como causas meteorológicas, fallas técnicas no correspondientes al mantenimiento programado o rutinario de la aeronave o causadas por pasajeros o terceros en el momento del vuelo, fallas de los equipos de soporte en tierra.

Compensación ante cancelación, sobreventa o demora en vuelos internacionales

MotivoCompensación
Retraso al iniciar el vuelo mayor de una (1) hora e inferior a dos (2) horasEl pasajero tiene derecho a un refrigerio y una comunicación gratuita por el medio más idóneo, equivalente a una llamada telefónica que no exceda de tres (3) minutos, al lugar de elección del pasajero.
Retraso al iniciar el vuelo mayor de dos (2) hasta cuatro (4) horas:Además de lo anterior, se deberá proporcionar al usuario alimentos (desayuno, almuerzo o cena) según la hora del suceso. Además, se le entregará un descuento especial del diez por ciento (10 %) en la compra en su siguiente boleto.
Retraso al iniciar el vuelo superior a cuatro (4) horas:Además de lo anterior, se debe facilitar lo siguiente: hospedaje en caso de ser necesario, cubrir los gastos de traslado, reembolso inmediato a menos que el pasajero acepte voluntariamente prolongar la espera, cuando sea previsible que el vuelo se vaya a efectuar dentro de cinco (5) días subsiguientes al hecho y compensar con la suma mínima equivalente al veinticinco por ciento (25 %) del valor del trayecto incumplido.
Sobreventa del boletoEl transportista aéreo deberá compensar al pasajero con una suma mínima equivalente al veinticinco por ciento (25%) del valor del trayecto incumplido, pagadera en efectivo o en cualquier otro método ofertado por el operador aéreo y aceptada por el pasajero en los siguientes casos:

  • Sobreventa, si no media un acuerdo directo con el usuario, por el cual éste acepte no viajar voluntariamente en el vuelo previsto.
  • Demora superior a seis (6) horas de la hora programada en vuelos internacionales, y superior a cuatro (4) horas en vuelos domésticos.

Para efectos de determinar el valor del trayecto objeto de la compensación, se multiplicará el valor neto del billete pagado por la relación entre la distancia de dicho trayecto sobre la distancia total.

Tránsitos y conexionesLas compensaciones anteriores serán aplicables a los pasajeros en transito O conexión que no puedan continuar su viaje por causa imputable al transportista.
Interrupción del transporteEn los casos de interrupción del transporte, si el pasajero no opta por la devolución de la parte proporcional del precio correspondiente al tramo no cubierto, se le compensará la demora sufrida hasta la reanudación del viaje.
Cancelaciones:En los casos que el transportista aéreo decida cancelar el vuelo teniendo el pasajero reserva confirmada, sin que se le hubiese reintegrado el valor neto del billete ni se le hubiese conseguido vuelo sustitutivo para el mismo día, se le sufragarán los gastos de hospedaje en los que sea necesario pernoctar y de traslado.
Vuelos Desviados *Cuando por causas imputables al transportista aéreo, este deba operar desde/hacia un aeropuerto distinto de aquel para el que se efectuó la reserva, deberá correr con los gastos de transporte del usuario desde/hacia el segundo aeropuerto, bien sea desde/ hacia el aeropuerto para el que efectuó la reserva o desde/hasta otro lugar cercano convenido con el usuario. Así mismo, de ser el caso, se deberá proveer de alojamiento y alimentación hasta que el vuelo se reanude.

Compensación ante demoras, sobreventa o cancelaciones para vuelos nacionales

MotivoCompensación
Retraso al iniciar el vuelo mayor a dos (2) horas e inferior a cuatro (4):El pasajero tiene derecho a un refrigerio y una comunicación gratuita por el medio más idóneo, equivalente a una llamada telefónica que no excedan los tres minutos, al lugar de elección del pasajero;
Retraso al iniciar el vuelo sea superior a cuatro (4) horas e inferior a seis (6) horas:Se deberá proporcionar al usuario, además de lo anterior, alimentos (desayuno, almuerzo o cena), según la hora y un descuento del diez por ciento (10 %) del valor del pasaje para el próximo viaje, excepto que el retraso de vuelo sea ocasionado por condiciones meteorológicas adversas o de fuerza mayor declaradas por la Dirección General de Aviación Civil.
Retraso al iniciar el vuelo sea superior a seis (6) horas:Además de lo anterior, el transportista deberá compensar al pasajero con lo siguiente: el veinticinco por ciento (25 %) del valor del trayecto incumplido o un porcentaje mayor de crédito determinado por la aerolínea, en efectivo, voucher o el método más idóneo que maneje la aerolínea; proporcionar hospedaje en los casos que sea necesario pernoctar y gastos de traslado; reembolso inmediato bajo el mecanismo más idóneo que determine el operador aéreo a menos que el que el pasajero acepte voluntariamente prolongar la espera cuando sea previsible que el vuelo se vaya a efectuar dentro de cinco (5) días subsiguientes al hecho.
Sobreventa del boleto *Si el embarque es denegado por sobreventa, teniendo el usuario reserva confirmada y habiéndose presentado oportunamente en el aeropuerto, el transportista aéreo deberá proporcionar el viaje del usuario a su destino final en el siguiente vuelo que cuente con espacio disponible de la propia aerolínea, en la misma fecha y ruta. En caso de no disponer de vuelo, el transportista aéreo deberá hacer las gestiones necesarias por su cuenta, para el embarque del usuario en otro transportista aéreo en la mayor brevedad posible. Adicionalmente, el operador debe otorgar una compensación de al menos el veinticinco por ciento (25 %). En ningún caso el transportista aéreo puede cobrar un valor adicional por ubicar al pasajero en otro vuelo.
Tránsitos y conexionesLas compensaciones anteriores serán igualmente aplicables en lo pertinente a los usuarios en tránsito o conexión que no puedan continuar su viaje por causa imputable al transportista.

Los transportistas aéreos reembolsarán a los usuarios el costo pagado del billete en la parte proporcional no efectuada del viaje o la totalidad de lo pagado por el billete si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del usuario. En caso de que el viaje haya iniciado y no pueda completarse en una escala, el operador a más del reembolso deberá proporcionar un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápido posible.

El referido reembolso se efectuará por la totalidad de tarifa pagada independientemente del tipo de ésta.

Los plazos para el reembolso, dependen de la forma de pago con la que adquirió el boleto, independientemente del medio de compra del pasaje aéreo, de la siguiente manera: pagos en efectivo tiempo de reembolso en el plazo de quince (15) días a partir de la solicitud; para pagos en tarjeta de crédito y débito el tiempo de reembolso en el plazo de treinta (30) días a partir de la solicitud.

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