Revisamos la Regulación di Aeronaves No Tripuladas (UAS) o drones en Ecuador y todo lo que necesitas saber para volarlas de forma particular y segura.
Dal 2018 que la Dirección Generale dell'Aviazioneón Civile di Ecuador dio los primeros pasos para generar una regulación y controlar de forma técnica el uso responsable y seguro de aeronaves no tripuladas o conocidas comúnmente como droni.
COMEí y con el paso de los años han nacido reglamentos y regulaciones hasta llegar a la conocida RDAC 101 que marca todos los instrumentos necesarios para controlar la operación de estas, ogni volta che ioáè popolare, aereo. così, vamos a revisar hoy las principales características de la misma que debemos conocer para operar estos equipos.
Claro lo èá, il regolamentoón es amplia y tétecnica, por lo que les recomiendo que consulten a detalle los pormenores, para que puedan volar dron de forma segura y bajo la ley, en este enlace.
Regolamentoón de Aeronaves No Tripuladas (UAS) – drones en Ecuador RDAC 101
Las aeronaves no tripuladas (UAS), comúnmente conocidas como drones, han revolucionado diversas industrias y actividades recreativas en todo el mundo. In Ecuador, l'indirizzoón Generale dell'Aviazioneón Civile (DGAC) ha establecido una normativa clara para regular su operación, garantizando la seguridad y el orden en el espacio aéreo. In questa arteículo voy a detallar los aspectos más importantes de la RegulaciónRDAC 101, que todo operador de UAS en Ecuador debe conocer.
¿Che cosaé es la RDAC 101?
La RDAC 101 es la regulación emitida por la DGAC que establece los requisitos para la operación de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS) en el espacio aéPrigioniero ecuadoriano. Esta normativa aplica a todas las personas, tanto naturales como jurísuggerimenti, que operen UAS, ya sea para fines recreativos, privados o de trabajos aéprigionieri, con un peso máorario di decollo (MTOW) fino a 250 kg.
Excepciones a la Regulación
Es importante destacar que la RDAC 101 no se aplica a:
- Operaciones de transporte aéreo.
- Operaciones de entidades militares, scaffaliía y aduanas, excepto cuando estas operaciones se desarrollen en espacios aéreos controlados o cerca de aeródromos, en cuyo caso deben cumplir con el Capítulo B de la regulación.
- Operaciones de aeronaves no tripuladas en espacios cubiertos o confinados, a menos que se cuente con una Autorización Especial UAS de la DGAC.
Definiciones clave
Para comprender la RDAC 101, es fundamental familiarizarse con algunas definiciones importantes:
- Aeronave no tripulada (UA): Aeronave diseñada para volar sin piloto a bordo.
- Piloto a distancia: Persona que opera un UAS.
- Operazioneón con visibilidad en línea de vista (VLOS): Operazioneón en la cual el piloto a distancia mantiene contacto visual directo con la aeronave no tripulada durante todo el vuelo.
- Certificado de Operación UAS (UOC): Certificado emitido por la DGAC que autoriza a un operador UAS a realizar operaciones aéreas especírimani.
- Autorizzazioneón Especial de Vuelo UAS: Autorizzazioneón emitida por la DGAC para operaciones que se desvían de las limitaciones estáSeparato.
Categoriaías de Operación
La RDAC 101 clasifica las operaciones de UAS en tres categorías principales y esto es muy importante que tengamos claro:
- Categoriaía Abierta: Operaciones de bajo riesgo con UAS de hasta 4 kg, realizadas por personas naturales con fines no comerciales.
- Categoriaía Específica: Operaciones de mayor riesgo con UAS de hasta 250 kg, que incluyen servicios aéreos privados o trabajos aéprigionieri, o cualquier operación quello deviatoíe de las restricciones de la categoría abierta.
- Categoriaía Certificada: Operaciones de alto riesgo, similares a la aviación tripulada, que requieren certificaciones y licencias especiales (actualmente reservado hasta que la OACI establezca los estándares).
Reglas de Operación (Capítulo B)
El Capítulo B de la RDAC 101 establece las reglas generales de operación para UAS, que aplican a todas las categorícome:
- Disco: Todas las UAS deben estar registradas ante la DGAC.
- Piloto a distancia: Debe poseer una autorización de la DGAC y ser responsable de la operación segura del UAS.
- Condiciones de vuelo: Se establecen restricciones sobre la altura mámassima di funzionamentoón (400 pies AGL), voli notturni, vuelos sobre personas, y operación cerca de aeródromos.
- Limitaciones operativas: Egli stessoíbe el uso de equipos como transpondedores y ADS-B en UAS.
- Operaciones VLOS, EVLOS y BVLOS: Se definen los requisitos para los vuelos dentro de la línea de vista, con línea de vista extendida y máQuesto è tuttoá della línea de vista.
Operaciones en Categoría Abierta (Capítulo C)
La categoriaía abierta está malattiañada para operaciones recreativas de bajo riesgo. Algunas de las reglas clave incluyen:
- Restricciones: No se permite volar sobre personas ni poner en peligro a terceros.
- Una gemmaíChe cosa: El piloto a distancia debe tener al menos 14 unños (con supervisión de un adulto).
- Conoscenza: El piloto debe revisar el material de inducciónbásico proporcionado por la DGAC.
Operaciones en Categoría Específica (Capítulo D)
La categoriaía específica abarca operaciones de mayor riesgo, como trabajos aéreos y servicios privados. Los requisitos son más estrictos e incluyen:
- Valutazioneón di rischi: El operador debe realizar una evaluación de riesgos operacionales.
- Permisos y certificados: Se requiere un permiso de operación y un Certificado de Operación UAS (UOC).
- aeronavigabilità: La UA debe cumplir con condiciones de aeronavegabilidad especírimani.
Certificado de Operación UAS (UOC) (Capítulo E)
El UOC es un certificado requerido para operar en la categoría específica. Este certificado autoriza al operador a realizar operaciones aéreas específicas y tiene una validez de 24 mesi, renovable si se cumplen los requisitos establecidos por la DGAC.
Autorizzazioneón de Piloto a Distancia (Capítulo F)
Para operar un UAS, el piloto a distancia debe obtener una autorización della DGAC. Los requisitos incluyen:
- Elegibilidad: Cumplir con los requisitos de edad y aptitud.
- Examen de conocimientos: Aprobar un examen teórico sobre la RDAC 101.
- Conversión de licencias: Se permite la conversión de licencias de piloto a distancia emitidas por otros países, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Autorizzazioneón Especial de Vuelo UAS (Capítulo G)
En casos donde las operaciones propuestas se desvían de las limitaciones estáSeparato, se puede solicitar una Autorización Especial de Vuelo UAS a la DGAC. La DGAC evaluará la seguridad de la operación e maggioá emitir la autorización con condiciones especírimani.
Otros Aspectos Importantes
- Registro de UAS: Todas las UAS deben estar registradas ante la DGAC, y se debe exhibir una marca de identificación en la aeronave.
- Operaciones recreativas en clubes o asociaciones: Se establecen pautas para vuelos en competencias y actividades deportivas o recreativas.
- Seguro de responsabilidad civil: Se requiere un seguro para cubrir daños a terceros.
- Ospiteón de la seguridad operacional (sms): Los operadores UAS deben implementar un Sistema de Gestión de Seguridad Operacional.
La regolamentazioneónRDAC 101 proporciona un marco regulatorio integral para la operación segura de aeronaves no tripuladas en Ecuador. Ya sea que seas un entusiasta recreativo o un operador comercial, es crucial comprender y cumplir con estas regulaciones para garantizar la seguridad de todos en el espacio aéreo. Così facendo, contribuireás al crecimiento responsable y sostenible de la industria de los drones en el paíS.
Sì ok, unún falta mucho por desarrollar como es el sistema de registro de drones o la normativa aplicable en caso de incumplimiento de la regulación, es un paso importante para seguir avanzando en la actualización dell'operazioneón de estas aeronaves no tripuladas e irnos acercando al estándar regional en la materia.
Al ser una regulación in corso, la DGAC creó esta web con todo el material que necesitas conocer para volar drones y que seguro lo irán actualizando permanentemente: www.aviacioncivil.gob.ec/aeronaves-no-tripuladas/